sábado, 21 de noviembre de 2009

Etica y Conciliación Extrajudicial

La necesidad de una orientación ética de las conductas de las personas radica en su gran capacidad de generar confianza. La creación de un entorno apropiado, en el cual las partes puedan contar con un mínimo de certidumbre razonable de la buena fe que asiste a aquellos con los cuales esta negociando. Hablamos de la disposición de las partes de "jugar limpio".

La conciliaciónn estrajudicial es una institución que propicia una cultura de paz, mediante la generación de redes de solidaridad funcional entre las partes, para la solución en conjunto de un problema en común y la satisfacción de necesidades e intereses, que de otro modo tendrían que ser resueltas por el órgano estatal competente a un costo muy elevado para las personas involucradas.

La Ley de Conciliación n° 26872, art 2°: La conciliación se realiza siguiendo los principios éticos de equidad, veracidad, buena fe, confidencialidad, imparcialidad, neutralidad, legalidad, celeridad y economía.

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